El Gobierno sancionó una reforma a la Ley 1564 de 2012, que amplía el acceso al régimen de insolvencia de las personas naturales no comerciantes a algunos comerciantes con activos limitados. Esta modificación es una respuesta a las dificultades económicas que enfrentan pequeños empresarios, permitiéndoles renegociar sus deudas o liquidar su patrimonio de manera más eficiente.
¿En qué consiste la reforma?
Con esta actualización legal, se establecen medidas para:
• Incluir a pequeños comerciantes dentro del régimen de insolvencia de las personas naturales no comerciantes.
• Facilitar la renegociación de deudas, ofreciendo acuerdos con acreedores en condiciones más favorables.
• Agilizar la liquidación patrimonial, asegurando la entrega rápida de bienes a sus adjudicatarios.
• Evitar la vulnerabilidad financiera, protegiendo a los deudores de caer en situaciones más críticas.
¿Quiénes pueden acogerse a este régimen?
Este procedimiento ahora aplica para:
• Personas naturales no comerciantes.
• Comerciantes con activos inferiores a 1.000 salarios mínimos, excluyendo la vivienda familiar y el vehículo de trabajo.
Esta modificación busca dar un alivio real a los pequeños empresarios, permitiéndoles manejar su situación financiera con herramientas más flexibles y eficaces. Así, se evita que los emprendedores pierdan su capacidad de recuperación económica y se les da una segunda oportunidad para reorganizar sus finanzas.
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