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En un reciente fallo de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, se confirmó la terminación del contrato de un trabajador con justa causa, destacándose importantes aspectos sobre los procedimientos disciplinarios y la aplicación del Código Sustantivo del Trabajo.

El caso del despido de un auxiliar de vuelo

El trabajador, que durante más de 20 años había prestado sus servicios como auxiliar de vuelo para una aerolínea, fue despedido por no cumplir con sus responsabilidades laborales. Específicamente, no entregó las facturas correspondientes a ventas realizadas a bordo y tampoco registró dichas transacciones. Estas omisiones constituían una infracción tanto del reglamento interno de la empresa como del Código Sustantivo del Trabajo, lo que llevó a la compañía a concluir que existía una justa causa para el despido.

Argumentos del trabajador

En su defensa, el trabajador argumentó que la empresa no respetó las garantías mínimas del debido proceso y su derecho a la defensa. Señaló que, aunque se llevó a cabo un procedimiento disciplinario, no se cumplieron los requisitos necesarios para validar su despido.

La postura de la Corte Suprema De Justicia

La Corte Suprema de Justicia rechazó los argumentos del trabajador, determinando que la terminación de su contrato no fue una sanción disciplinaria, sino una consecuencia directa de una justa causa probada, conforme al artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo. La alta corte precisó que, en casos donde se puede establecer una violación grave de las obligaciones contractuales, el empleador no está obligado a seguir un proceso disciplinario formal.

En este sentido, se estableció que la carta en la que se citó al trabajador para una diligencia de descargos no tenía la naturaleza de un juicio disciplinario. El objetivo de la diligencia era escuchar la versión del trabajador sobre los hechos, con el fin de determinar si había existido un incumplimiento de sus obligaciones, y, de acuerdo con la gravedad del mismo, tomar las medidas correspondientes.

Implicaciones del fallo

Este fallo aclara que, cuando se trata de faltas graves en el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el empleador tiene el derecho de terminar el contrato sin necesidad de un juicio disciplinario. Siempre y cuando se pueda demostrar una justa causa, la empresa no está obligada a agotar todos los procedimientos disciplinarios establecidos en su reglamento.

Asimismo, la decisión subraya la importancia de que los trabajadores cumplan con sus deberes y responsabilidades, ya que cualquier falta grave puede ser causal de despido. Por su parte, las empresas deben actuar con transparencia en los procedimientos de descargo, para que el trabajador esté informado del proceso y de las posibles consecuencias.

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