La Corte Constitucional amparó los derechos a la seguridad social y a la vida digna de una trabajadora, ordenando a su antiguo empleador pagar la totalidad del valor correspondiente al cálculo actuarial señalado por Colpensiones. Esta decisión fue tomada luego de que se evidenciara que el empleador había omitido afiliar a la trabajadora al sistema de pensiones durante el tiempo que laboró para él.
El caso: omisión de afiliación, no mora en cotizaciones
La accionante demostró haber laborado para su antiguo empleador durante un periodo en el cual este no cumplió con su obligación de afiliarla a Colpensiones. El empleador, en lugar de efectuar la afiliación desde el inicio de la relación laboral, incurrió en una omisión. Por esta razón, la Corte ordenó el pago del cálculo actuarial, para que Colpensiones pueda corregir la historia laboral de la trabajadora y evaluar si procede otorgarle la pensión de vejez.
Este fallo aclara que la situación no es una simple mora en el pago de cotizaciones, sino una falta más grave: la omisión total de la afiliación. Esta diferencia es clave, ya que la omisión de afiliación impacta directamente la historia laboral del trabajador y, por ende, su acceso a los derechos pensionales.
Responsabilidad de los empleadores en el manejo de la información laboral
La Corte fue enfática al señalar que la responsabilidad de custodiar y gestionar la información laboral no recae sobre los trabajadores, quienes son la parte más débil de la relación laboral. Por el contrario, son los empleadores y las administradoras de pensiones quienes deben velar por la correcta afiliación y la integridad de los archivos laborales.
Si estos archivos se extravían o destruyen, los empleadores, tanto públicos como privados, tienen el deber de reconstruirlos. En ningún caso deben trasladar esta carga al trabajador, que podría ver perjudicado su derecho a la pensión por errores administrativos ajenos a él.
Importancia de este fallo
Este pronunciamiento de la Corte Constitucional subraya el papel crucial de los empleadores en la protección de los derechos laborales y sociales de sus trabajadores. La omisión en la afiliación a Colpensiones no solo es una falta grave, sino que también puede comprometer el acceso del trabajador a una vida digna durante su vejez.
Este caso es un recordatorio de que las obligaciones de los empleadores son esenciales para garantizar la seguridad social de los empleados, y que el incumplimiento de estas puede traer consecuencias judiciales serias. La justicia laboral protege a los trabajadores para que no sean ellos quienes sufran las consecuencias de la negligencia de sus empleadores.
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