La Corte Suprema de Justicia reafirmó la protección especial que tienen los trabajadores con discapacidad o disminución en su estado de salud, al negar casar un fallo que declaró ineficaz la terminación de un contrato laboral y ordenó el reintegro del trabajador a un cargo de igual o superior jerarquía, acorde con su condición de salud.
¿Por qué se declaró ineficaz el despido?
El tribunal determinó que el trabajador era beneficiario de la estabilidad laboral reforzada, en los términos del artículo 26 de la Ley 361 de 1997, lo que significa que:
• El empleador conocía su condición de salud y las limitaciones que esta generaba en su desempeño.
• Para su despido era necesario solicitar autorización previa del Ministerio del Trabajo, lo cual no se hizo.
• La enfermedad del trabajador, incluidas sus patologías mentales, eran crónicas y afectaban su capacidad laboral.
¿Cuáles son las consecuencias para el empleador?
Debido a la decisión judicial, la empresa deberá:
1. Reintegrar al trabajador en un cargo acorde a su condición de salud.
2. Pagar todas las acreencias laborales generadas desde la fecha de terminación del contrato hasta la reincorporación.
3. Indexar los pagos, garantizando que el dinero perdido por el trabajador conserve su valor real.
Importancia de la estabilidad laboral reforzada
Este fallo resalta que la protección a trabajadores con discapacidad o enfermedades crónicas es una garantía constitucional y que los empleadores no pueden terminar unilateralmente sus contratos sin cumplir con los requisitos legales.
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