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El 13 de noviembre de 2024, el Senado de la República aprobó en último debate un proyecto de ley que elimina la posibilidad de que menores de 18 años puedan contraer matrimonio en Colombia, incluso con el consentimiento de sus padres. Este importante avance busca proteger los derechos de los niños y niñas, estableciendo los 18 años como la edad mínima para el matrimonio y la unión legal. Sin embargo, aún falta la conciliación y la sanción presidencial para que la iniciativa se convierta en ley.

Contexto y Razones de la Iniciativa

La propuesta de ley surge como respuesta a la alta incidencia de matrimonios y uniones tempranas en Colombia, una práctica que afecta especialmente a las niñas. Según datos presentados por las autoras del proyecto, en 2015 alrededor del 28% de las mujeres colombianas se casaron o establecieron una unión antes de cumplir los 18 años, colocándose Colombia en el puesto 20 a nivel mundial en cuanto a niñas casadas o en unión antes de los 15 años. Con este cambio, Colombia se alinea con la mayoría de los países latinoamericanos, eliminando una excepción que lo mantenía, junto con Argentina, como uno de los últimos en permitir matrimonios infantiles.

¿Qué Cambios Introducirán la Ley?

 

La modificación más significativa será en el artículo 116 del Código Civil, el cual quedará establecido de la siguiente manera: “Tendrán capacidad para contraer matrimonio solo los mayores de 18 años” . Este ajuste legal busca garantizar que únicamente los mayores de edad puedan acceder al matrimonio, lo que protege a menores de situaciones de vulnerabilidad y exposición a compromisos y responsabilidades que pueden afectar su desarrollo y bienestar.

Además, la nueva normativa establece que:

  • Nulidad de Matrimonios con Menores : Los matrimonios celebrados con personas menores de 18 años podrán ser declarados nulos, incluso si contaron con el consentimiento parental.
  • Nulidad de la unión marital de hecho entre menores : En el caso de que uno o ambos compañeros permanentes sean menores de 18 años, se podrá solicitar la nulidad de la unión marital de hecho reconocida o declarada.
  • Efectos en Obligación Alimentaria y Protección de Hijos : En situaciones de nulidad, se establecerán disposiciones para la protección de los hijos y para asegurar el cumplimiento de obligaciones alimentarias.
  • Acciones de Responsabilidad Civil : Las personas afectadas podrán reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales sufridos debido a un matrimonio o unión temprana.

    ¿Qué implica para los menores de edad?

    Esta ley representa un cambio sustancial en la legislación colombiana, pues refuerza el compromiso del país con la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia. Al establecer los 18 años como la edad mínima para el matrimonio y la unión marital, se busca evitar que menores asuman compromisos legales y responsabilidades propias de la vida adulta en momentos en que aún se encuentran en pleno desarrollo físico y emocional.

    En A y G Asesorías Integrales puede recibir orientación profesional sobre cómo esta nueva ley podría impactar su situación o la de sus seres queridos. Estamos aquí para ofrecerle la asesoría que necesita en temas de derecho de familia y protección de la niñez en Colombia.

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